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EVALUATION PROCEDURES

 

 

PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

Authorities: 34 CFR Part 300; Texas Education Code; 19 TAC Chapters 89, 129

 
 
 
  REQUISITOS FEDERALES Y ESTATALES
La agencia de educación local (LEA) debe cumplir con la estructura de REPASO DE DATOS EXISTENTES DE EVALUACIÓN.
La LEA debe cumplir con la estructura de AVISO ESCRITO PREVIO.
La LEA debe cumplir con las estructuras de CONSENTIMIENTO.
En Texas, el grupo de profesionales calificados que determina si un niño es un niño con una discapacidad y las necesidades educativas del niño es el COMITÉ DE ADMISIÓN, REPASO, Y RETIRO del niño. Citas:
 
GRUPO DE PROFESIONALES CALIFICADOS

El grupo que recoge o repasa datos de evaluación en conexión con la determinación de la elegibilidad de un niño para servicios de educación especial y servicios relacionados debe incluir, pero no está limitado a lo siguiente: 

Citas:
  • Un especialista con licencia en psicología escolar (LSSP)/ psicólogo escolar, un evaluador de trastornos de aprendizaje, u otro practicante apropiadamente certificado o con licencia con experiencia y capacitación en el área de la discapacidad; o  
Citas:
  • Un profesional con licencia o certificado para una categoría específica de elegibilidad como es especificado en las estructuras de EVALUACIÓN aplicables.
Citas:
 
EVALUACIONES INICIALES

La LEA debe hacer una EVALUACIÓN completa inicial (FIIE) antes de la provisión inicial de educación especial y servicios relacionados al niño con una discapacidad. 

Citas:
La evaluación inicial debe consistir en procedimientos para determinar: Citas:
  • Si el niño es un niño con una discapacidad; y
Citas:
  • Las necesidades educativas del niño.
Citas:
 
LÍNEA DE TIEMPO PARA HACER EVALUACIONES INICIALES

Un reporte escrito de un FIIE debe ser completado como sigue: 

Citas:
  • A no más tardar del día escolar 45 después de la fecha en que la agencia de educación local recibe consentimiento por escrito del padre para la evaluación del niño; o  
Citas:
  • Para niños menores de cinco años para septiembre 1 del año escolar y no matriculados en escuela pública y para niños matriculados en una escuela privada o en un ámbito escolar en el hogar, a no más tardar del día 45 escolar después de la fecha en que le LEA recibe consentimiento escrito del padre para la evaluación del niño; pero  
Citas:
  • Si la LEA recibió consentimiento escrito del PADRE para la evaluación: 
Citas:
  • Por lo menos 35 pero menos de 45 días escolares antes del último día de instrucción del año escolar, siempre que el reporte escrito de una FIIE de un niño debe ser proporcionado al padre del niño a no más tardar del 30 de junio de ese año; 
Citas:
  • Por lo menos 35 pero menos de 45 días escolares antes del último día de instrucción del año escolar pero si el niño faltó a la escuela tres o más días escolares entre el tiempo que el distrito escolar recibió consentimiento escrito y el último día de instrucción del año escolar, la línea de tiempo en la subsección (d)(1) de esta sección aplica hasta la fecha que el reporte escrito de la FIIE debe ser completado; o   
Citas:
  • Menos de 35 días escolares antes del último día del año escolar, la línea de tiempo en subsección (d)(1) de esta sección aplica a la fecha que el reporte escrito de la FIIE debe ser completado.  
Citas:

Si el niño estaba en el proceso de ser evaluado para elegibilidad de educación especial por una LEA y se matricula en otra LEA antes de que la previa LEA completara la FIIE, la nueva LEA debe coordinar con la previa LEA como es necesario y tan rápidamente posible para asegurar la terminación rápida de la evaluación según la estructura de NIŇOS QUE TRANSFIEREN O RECIENTEMENTE MATRICULADOS.

Citas:

Día escolar no incluye un día que cae después del último día de instrucción del semestre de primavera y antes del primer día de instrucción del siguiente semestre de otoño. En el caso de una escuela que opera bajo un calendario de año escolar sin semestres de primavera y otoño, un día escolar no incluye un día que cae después del último día de instrucción de un año escolar y antes del primer día de instrucción del siguiente año escolar.    

Citas:

El niño es considerado ausente del día escolar si el niño no está en asistencia en el tiempo oficial de la escuela de pasar lista o un tiempo alternativo de pasar lista como se describe en el Manual de Contabilidad de Asistencia de Estudiante.  

Citas:
 
REEVALUACIONES

La LEA debe asegurar que una reevaluación de cada niño con una discapacidad es hecha: 

Citas:
  • Si la LEA determina que las necesidades educativas o de servicios relacionados, que incluye mejora de logro académico y desempeño funcional, del niño requieren una reevaluación;  
Citas:
  • Si una reevaluación es pedida por los padres del niño o maestra; o  
Citas:
  • Antes de determinar que el niño ya no es un niño con una discapacidad.
Citas:
Una reevaluación debe ocurrir: Citas:
  • No más frecuente que una vez por año, a menos que el padre y la LEA estén de acuerdo de otra manera; y 
Citas:
  • Cuando menos una vez cada tres años, a menos que el padre y la LEA estén de acuerdo que una reevaluación es necesaria. 
Citas:
Una evaluación debe ser incluida como parte del RESUMEN DE DESEMPEÑO para un niño que se gradúa bajo ciertas condiciones. Citas:

Una evaluación no es requerida antes de la terminación de la elegibilidad de un niño debido a exceder la edad de elegibilidad para una educación pública gratis apropiada bajo ley estatal. 

Citas:

El alcance de una determinación inicial de elegibilidad y cualquier reevaluación para el niño con una discapacidad visual debe ser determinada por un equipo multidisciplinario que incluye un especialista certificado de orientación y movilidad. 

Citas:
 
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

Al hacer la evaluación, la LEA debe usar una variedad de instrumentos y estrategias de evaluación para recoger información relevante funcional, de desarrollo, e información académica, que incluye información proporcionada por el padre, que  puede ayudar en determinar: 

Citas:
  • Si el niño es un niño con una discapacidad; y
Citas:
  • El contenido del programa de educación individualizado del niño, que incluye información relacionada para ayudar al niño estar involucrado en y progresar en el plan de educación general, o para el niño prescolar, participar en actividades apropiadas.  
Citas:
Al hacer la evaluación, la LEA debe: Citas:
  • No usar cualquier sola medida o evaluación como el único criterio para determinar si el niño es un niño con una discapacidad y para determinar un programa de educación apropiado para el niño; y  
Citas:
  • Usar instrumentos técnicamente sólidos que pueden evaluar la contribución relativa de factores cognitivos y de comportamiento, además de factores físicos y de desarrollo.  
Citas:
La LEA debe asegurar que: Citas:
  • Evaluaciones y otros materiales de evaluación usados para evaluar al niño son:
Citas:
    • Seleccionados y administrados para no ser discriminatorios en base racial o cultural;  
Citas:
    • Proporcionados y administrados:
Citas:
      • En el lenguaje nativo del niño u otro modo de comunicación; y        
Citas:
      • En la forma que probablemente rendirá información precisa acerca de lo que el niño sabe y puede hacer académicamente, de desarrollo, y funcionalmente, sólo que no sea factible así proporcionar o administrar;
Citas:
    • Usadas para los propósitos por los cuales las evaluaciones o medidas son válidas y confiables;  
Citas:
    • Administradas por personal capacitado y experto; y 
Citas:
    • Administradas de acuerdo con cualquier instrucción proporcionada por el productor de las evaluaciones; 
Citas:
  • Evaluaciones y otros materiales de evaluación que incluye esos hechos para medir áreas específicas de necesidad educativa y no solamente esos que son diseñados para proporcionar un solo cociente general de inteligencia;
Citas:
  • Evaluaciones son seleccionadas y administradas para mejor asegurar que si una evaluación es administrada a un niño con destrezas de discapacidad sensorial, manual, o de habla, los resultados de la evaluación reflejan exactamente la aptitud del niño o nivel de logro o cualquier otro factor que la prueba pretende medir, en vez de reflejar las destrezas de discapacidad sensorial, manual, o de habla (a menos que esas son las destrezas que la prueba pretende medir);  
Citas:
  • El niño es evaluado en todas las áreas de discapacidad sospechada, que incluye, si es apropiado, salud, visión, oír, estatus social o emocional, inteligencia general, desempeño académico, estatus de comunicación, y habilidades motoras;    
Citas:
  • La evaluación es suficientemente comprensiva para identificar todas las necesidades del niño de educación especial y servicios relacionados, si o no son comúnmente relacionadas a la categoría de discapacidad en que el niño ha sido clasificado; 
Citas:
  • Técnicas y estrategias de evaluación que proporcionan información relevante que directamente ayudan a personas a determinar las necesidades educativas del niño son proporcionadas; e 
Citas:
  • Implementa procedimientos de evaluación que distinguen entre dominio de lenguaje y discapacidad.
Citas:
  Ultima Vez actualizada : Mon, Jan 27, 2025